EL CASO DE PUERTO RICO: De Colonia a Estado Libre Asociado (Parte II)
Mapa de America Central y Puerto Rico
De los “Sucesos Históricos” difundidos por el llamado Partido Nacionalista de Puerto Rico tomamos los siguientes datos:
El 2 de mayo de 1917 el presidente (de los Estados Unidos) Woodrow Wilson firmó el acta Jones-Shafroth... convirtiéndola en ley. Se le impuso a los boricuas la ciudadanía yanqui. El 17 de junio de 1917 Wilson proclamó el registro y reclutamiento de los habitantes de Puerto Rico entre las edades de 21 y 31 años. La orden aplicaba a los que habían aceptado la ciudadanía americana como a los que la habían rechazado y, siendo despojados de todos los derechos políticos, los que vivían como extranjeros en su propia patria.
La ley Jones establecía una Legislatura de dos Cámaras elegidas por sufragio universal masculino... El presidente de yanquilandia y el Gobernador nombrado por él retenían el poder del veto...
No hay precedentes en el mundo de imperios reclutando a sus colonos para que los defiendan en el campo de batalla...[1]; [2]
Durante la década del 30 hubo grandes convulsiones sociales en Puerto Rico y represiones violentas contra el pueblo. A fines de esa década y con la guerra mundial en ciernes, Estados Unidos convierte a Puerto Rico en una inmensa instalación militar:
...se estableció en el Área Noroeste de la Isla una instalación aérea que eventualmente vendría a ocupar la sede del Comando Aéreo Estratégico del Atlántico; en el área norte, central y sur de la Isla, se desarrollaron varios importantes campamentos de entrenamiento para el Ejército (Fuerte Buchanan, el Campamento Tortuguero, Henry Barracks y lo que hoy se conoce como Campamento Santiago, sede de la Guardia nacional); en el área norte, se estableció la Base Naval de Isla Grande desde donde operaba también un aeródromo y otras instalaciones navales en el área de la Bahía de San Juan.
En la costa Norte, además, se estableció la Instalación Naval de Sabana Seca, un importante centro de comunicaciones desde donde se vigilan, interceptan y monitorean, aún al presente, comunicaciones de regiones tan distantes como el Cono Sur. Se ha indicado que fue desde estas instalaciones que durante la Guerra de las Malvinas Estados Unidos logró acceso y pudo decodificar las comunicaciones militares de las fuerzas armadas de Argentina, las cuales fueron entregadas a Inglaterra.
En el área Este de la isla, se construyó la principal base naval de la Flota del Atlántico fuera del territorio continental estadounidense, la Base Naval de Roosevelt Roads.[3]
En julio de 1950 el Congreso estadounidense aprobó la llamada Ley 600, que daba paso a la Constitución para Puerto Rico y a la figura de Estado Libre Asociado. La ley dejaba vigente el art. 1º de la ley Jones de 1917 por medio de la cual se mantenía a la isla como posesión de los Estados Unidos.
El descontento seguía y en octubre de 1950 se produjo un levantamiento armado. El 30 de dicho mes numerosos combatientes nacionalistas se lanzaron a la lucha armada insurreccional; hubo varios focos revolucionarios, y en el que se desató en el pueblo de Jayuya se declaró la República de Puerto Rico y se izó la bandera nacional, prohibida ya en esos años. La insurrección fue derrotada y se encarceló a más de mil personas sospechosas de ser nacionalistas o comunistas. El líder independentista Albizu Campos fue enviado a prisión. Aunque el levantamiento no triunfó, sirvió para que en el mundo se conociera mejor la causa de los patriotas puertorriqueños y su valor sin límites en aras de ser independientes.
Durante 1951 se realizaron, primero, un referéndum para legalizar la propuesta de la Ley 600, en el cual se abstuvo el 56% de la población electoral y, luego, las elecciones coloniales para elegir la Asamblea Constituyente, con una abstención del 62,5%. Los colonialistas siguieron adelante y, una vez aprobada la Constitución por la Asamblea, se realizó un nuevo referéndum para instaurarla, en el cual la abstención llegó al 67% de la población electoral. Obviamente los Estados Unidos y sus títeres locales hicieron caso omiso a semejante abstención. La Constitución entró en vigor en julio de 1952, cincuenta y cuatro años después de la invasión militar.
La Constitución dice en su Preámbulo:
Nosotros, el pueblo de Puerto Rico... ordenamos y establecemos esta Constitución para el estado libre asociado que en el ejercicio de nuestro derecho natural ahora creamos dentro de nuestra unión con los Estados Unidos de América.
Al hacerlo así declaramos: (...)
Que consideramos factores determinantes en nuestra vida la ciudadanía de los Estados Unidos de América y la aspiración a... la convivencia en Puerto Rico de las dos grandes culturas del hemisferio americano...
Artículo I. DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO.
Sección I.- Se constituye el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Su poder político emana del pueblo y se ejercerá con arreglo a su voluntad, dentro de los términos del convenio acordado entre el pueblo de Puerto Rico y los Estados Unidos de América.
La Sección 5 del Artículo III dice:
Ninguna persona podrá ser miembro de la Asamblea Legislativa a menos que sepa leer y escribir cualquiera de los dos idiomas, español o inglés; sea ciudadano de los Estados Unidos y de Puerto Rico y haya residido en Puerto Rico por lo menos durante los dos años precedentes a la fecha de la elección o nombramiento...
En el Artículo IV, sobre el PODER EJECUTIVO se lee:
Sección 1.- El Poder Ejecutivo se ejercerá por un Gobernador...
Sección 3.- Nadie podrá ser Gobernador a menos que, a la fecha de la elección, haya cumplido treinta y cinco años de edad, y sea y haya sido durante los cinco años precedentes ciudadano de los Estados Unidos de América y ciudadano y residente ‘bona fide’ de Puerto Rico.
Las mismas condiciones para los demás cargos importantes.
El Artículo VI, sobre DISPOSICIONES GENERALES, en su Sección 16 determina que todos los funcionarios deben prestar juramento de fidelidad “a la Constitución de los Estados Unidos de América y a la Constitución y a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. Termina la Carta con la Sección 10 del Artículo IX titulado DISPOSICIONES TRANSITORIAS: “Esta Constitución comenzará a regir cuando el Gobernador así lo proclame, pero no más tarde de sesenta días después de su ratificación por el Congreso de los Estados Unidos.”[4]
En un trabajo del independentista Norberto Cintrón Fiallo, titulado “Puerto Rico: colonialismo y globalización”, leemos:
Hace más de cien años, Estados Unidos, por medio de un tratado en el cual nosotros nada tuvimos que tratar, el llamado tratado de París de 1898, nos impusieron situaciones que mucho se asemejan a las que hoy pretenden imponer, mediante el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) a toda América Latina. Podría hasta parecer curioso nuestro caso, pues, para el decenio de 1930, el intelectual puertorriqueño Antonio S. Pedreira, decía, ante la teoría de los defensores del colonialismo, quienes señalaban que Puerto Rico representaba el puente entre dos culturas, que nos declaraban ‘puente’ para que todo el mundo nos pasara por encima. En la actualidad, aquellos empresarios neoliberales y globalizadores que impulsan a San Juan como sede del ALCA también utilizan la metáfora del puente para defender nuestra supuesta capacidad para servir como cabecera de playa del neocolonialismo neoliberalizador...
Hablamos pues, desde nuestra singularidad colonial, la que nos obliga año tras año a incluir, dentro de las resoluciones que se presentan ante la ONU, un párrafo que exprese nuestra identidad latinoamericana y caribeña. Es como si las circunstancias geográficas, históricas y culturales no bastaran para declarar nuestra identidad a menos que se pronuncie y se apruebe el discurso que las devuelva a su verdadera realidad. No hay peor tragedia existencial que aquella causada por el colonialismo en la geografía mental del puertorriqueño. Nueva York o Los Ángeles se encuentran más cerca que la República Dominicana o Haití.
El colonialismo norteamericano ha pretendido sacarnos de nuestro entorno antillano, caribeño y latinoamericano. No hay prueba más dramática que las prohibiciones que nos imponen para relacionarnos con los hermanos cubanos. Se trata de todos los impedimentos, de todas las sanciones y re-sanciones inventadas periódicamente por el gobierno de Estados Unidos contra la Revolución Cubana. Últimamente, Venezuela, hasta hace poco destino turístico para muchos puertorriqueños de clase trabajadora, ha desaparecido de nuestra geografía aérea.[5]
Tragedia existencial, identidad reprimida, aislamiento de los verdaderos hermanos, tales las lacras causadas por el colonialismo. Puerto Rico y Cuba tienen una historia en común –más allá de sus fuertes lazos identitarios- en su lucha por la independencia.
Horacio A. López
[1] Partido Nacionalista de Puerto Rico. www.nacionypatria.com
[2] Durante la Segunda Guerra Mundial 65.034 puertorriqueños fueron llamados al servicio activo; 43.434, cuando el conflicto de Corea, y 72.000 durante la guerra en Vietnam (Datos tomados del trabajo citado de Alejandro Torres Rivera).
[3] Alejandro Torres Rivera, Op. Cit., p. 4.
[4] Constitución de Puerto Rico de 1952. Versión impresa.
[5] Norberto Cintrón Fiallo, Primera Hora, Panorama, 18 de septiembre de 2006, Prensa Asociada. Fuente: Argenpress.
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